El Tribunal de Estrasburgo tumba la 'doctrina Parot'
- La Gran Sala del TEDH confirma la condena a España
- Ordena la excarcelación inmediata de la etarra Inés del Río
- La sentencia es firme y no cabe ningún recurso contra ella
- La decisión podría beneficiar a decenas de presos con graves delitos
- Fija que no se puede aplicar la doctrina por hechos anteriores a 1995
- El representante español en la Cámara apoya la condena a España
La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha rechazado el recurso de España contra la condena que se le impuso por
aplicar la conocida como doctrina Parot a la etarra Inés del Río . Esta sentencia, que puede suponer el fin de la citada doctrina Parot,
abre la puerta a que otros presos con graves delitos a sus espaldas se acojan a ella.
El fallo, que es definitivo y no puede ser objeto de recurso, pide -con 16 votos contra 1-, la excarcelación de la miembro de ETA, y considera
-por unanimidad- que España vulneró el artículo 5.1 (Derecho a la libertad y a la seguridad) y -por 15 votos contra 2- el artículo 7 (No hay pena sin ley)
del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
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